Auméntanse a la suma de $ 10.000.00 (diez mil pesos) mensuales, las
pensiones graciables concedidas a don Pedro Leandro Ipuche por ley
N° 13.137, de 2 de julio de 1963 y a don Valentín García Saiz por ley N°
13.438, de 2 de diciembre de 1965.
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 14.090 de 06/10/1972 artículo 4.
Las mencionadas pensiones continuarán siendo servidas por Rentas
Generales, conservando las características establecidas por las citadas
disposiciones legales.