RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIOS 1966 Y 1967




Promulgación: 09/01/1969
Publicación: 21/01/1969
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1969
  •    Página: 50
Referencias a toda la norma

CAPITULO X - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
SECCION III

Artículo 169

   Establécese: una partida de $ 10:000.000 (diez millones de pesos) 
exclusivamente para retribución complementaria desde el 50 % (cincuenta por ciento) hasta el 100 % (cien por ciento) del sueldo básico a Médicos radicados en las zonas rurales que atienden policlínicas del Ministerio 
de Salud Pública.

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