CAPITULO XIII - DISPOSICIONES TRANSITORIAS REFERENTES AL BANCO HIPOTECARIO
DEL URUGUAY Y A SU DEPARTAMENTO FINANCIERO DE LA HABITACION SECCION 2 - EMISION DE OBLIGACIONES
Artículo 193
El servicio de interés y amortización se realizará para la Serie
"A/1968" en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año; para
la Serie "B/1968" en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de
cada año; y para la Serie "C/1968" en los meses de marzo, junio,
setiembre y diciembre de cada año.