FIJACION DE SALARIO. MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA




Promulgación: 16/12/1968
Publicación: 19/12/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 2922

Artículo 1

   Fíjense, a partir del 1° de enero de 1969, en la suma de $ 60.000.00
(sesenta mil pesos) líquidos mensuales, las dotaciones de los Ministros 
de la Suprema Corte de Justicia, sin perjuicio del derecho establecido en
el artículo 330 de la ley N° 13.640, el que se liquidará sobre la 
cantidad que fija este artículo 1°.

PACHECO ARECO - FEDERICO GARCIA CAPURRO - CESAR CHARLONE
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