{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "137" 
  ,"anioNorma" : 1837 
  ,"nombreNorma" : "CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES MILITARES. BENEFICIOS JUBILATORIOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
      ,"urlImagenArmandUgon" : "/armandugon/02/129?carfin=131"

								  ,"tomoArmandUgon" : "02"

								  ,"paginaInicialArmandUgon" : "129"

								  ,"paginaFinalArmandUgon" : "131"

								 ,"fechaPromulgacion" : "03/05/1837" 
  , "vistos" : " Establécense los beneficios jubilatorios que gozarán las viudas con hijos menores de Jefes y Oficiales del Ejército mientras los varones sean menores de edad o las hijas sean solteras; modifícanse las Leyes de fechas 13 de Marzo de 1829 y 81 de fecha 19 de marzo de 1835. " 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#0000FF\">Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):</font></b> Ley <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/7920-1926\" >Nº 7.920</a> de \r\n09/03/1926.\r\n " 
  ,"articulos" : [  ] 
  ,"firmantes" : "  " 
 }