OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUGADORES QUE OBTUVIERON LOS CAMPEONATOS OLIMPICOS Y MUNDIALES DE 1924, 1928, 1930 Y 1950




Promulgación: 24/10/1967
Publicación: 27/10/1967
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1967
  •    Página: 1843
Referencias a toda la norma

Artículo 1

Concédese una pensión graciable de pesos 5.000.00 (cinco mil pesos) 
mensuales, a cada uno de los jugadores que integraron los representativos nacionales que obtuvieron los campeonatos olímpicos y mundiales de 1924, 1928, 1930 y 1950.

Artículo 2

El servicio de estas pasividades que serán acumulables a toda asignación 
de actividad que perciban será atendido por Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

GESTIDO - CARLOS MANINI RIOS

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