Acuérdase a las señoritas Delia y Esther Julia López Lomba Andre, una pensión graciable de pesos 1.500.00 (un mil quinientos pesos) mensuales, acumulable a la pasividad que les pudiera corresponder.
El servicio de esta pasividad será atendido por Rentas Generales.
Comuníquese, etc.
BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ