FIJACION DE AUMENTO EN PASIVIDADES




Promulgación: 02/12/1965
Publicación: 22/12/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 1594

Referencias a toda la norma

CAPITULO X - LIBRO DE OBLIGACIONES SOCIALES

Artículo 80

   (Vigencia).- Hasta tanto no entre en vigencia el Libro de Obligaciones
Sociales, permanecerán en vigor los actuales sistemas de contralor y pago
referidos a la seguridad social.
Referencias al artículo
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