REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL PARA FUNCIONARIOS DEL PODER LEGISLATIVO




Promulgación: 02/12/1965
Publicación: 20/12/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 1588
Referencias a toda la norma

Vigencia de esta ley

Artículo 5

   Las disposiciones de la presente ley comenzarán a regir a partir del mes siguiente a su promulgación sin perjuicio de lo previsto en el 
inciso 5º del artículo 1º.
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