Ley N° 13413
OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. OBDULIA PEREZ BARRIOS
Promulgación: 26/11/1965
Publicación: 20/12/1965
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 2
- Año: 1965
- Página: 1421
Artículo 2
Esta pasividad será acumulable a la pensión legal que pudiera
corresponderle y continuará siendo atendida con cargo a Rentas Generales.
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