Acuérdase a la señora Ana Adelina Areco de Sayagués Laso y a sus hijas María Beatriz y Mercedes Sayagués Areco, una pensión graciable de $ 3.000.00 (tres mil pesos) mensuales, acumulable a las asignaciones de pasividad que pudiere corresponderles.
BELTRAN - JUAN E. PIVEL DEVOTO - DARDO ORTIZ