(Término y ofrecimiento).- El término de prueba en el juicio ordinario
será de sesenta días. Dentro de los veinte primeros días del término las partes deberán solicitar el diligenciamiento de toda la que se propongan producir sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 374 del Código de Procedimiento Civil.
(*)Notas:
Ver vigencia: Código General del Proceso de 18/10/1988 artículo 142.