RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1963




Promulgación: 29/07/1965
Publicación: 05/08/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 863
Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES PRESUPUESTALES

Artículo 8

   Aclárase que el beneficio acordado por el artículo 120 de la ley Nº 13.320, de 28 de diciembre de 1964, comprende a todos los funcionarios
presupuestados y jornaleros que al 1º de enero de 1965, pertenezcan, 
actúen en comisión o dependan por cualquier otro criterio de la 
Secretaría del Ministerio de Obras Públicas (Item 8.01) o de la Dirección
de Transporte (Item 8.06).
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