RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1963




Promulgación: 29/07/1965
Publicación: 05/08/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1965
  •    Página: 863
Referencias a toda la norma

ORDENAMIENTO FINANCIERO

Artículo 57

   Declárase prorrogado desde la vigencia de la presente ley el artículo
22 de la ley Nº 11.460, de 8 de julio de 1950, cuyo texto expresa:

   "ARTICULO 22.- Los escribanos que al entrar en vigor esta ley, ocupen
cargos de Actuarios o Adjuntos en los Tribunales de Apelaciones o
Juzgados Letrados, podrán ser designados Secretarios de los Tribunales de
Apelaciones, siempre que hayan continuado en su cargo hasta el momento de
esta designación".
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