SECCION II - DISPOSICIONES REFERENTES A LA ADMINISTRACION CENTRAL CAPITULO III - MINISTERIO DE HACIENDA
Artículo 39
Será de aplicación a la sanción de esta ley lo dispuesto por el artículo 29 de la ley Nº 12.803, de 30 de noviembre de 1960.
La Contaduría General de la Nación, previa resolución del Poder
Ejecutivo, procederá a la regularización de esos cargos.