SECCION II - DISPOSICIONES REFERENTES A LA ADMINISTRACION CENTRAL CAPITULO X - MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA Mercado Nacional de Haciendas
Artículo 160
Amplíase a $ 300.00 (trescientos pesos) el beneficio otorgado a los
funcionarios que desempeñen sus funciones en el Departamento Mercado Nacional de Haciendas, conforme lo establece el artículo 100 de la ley
Presupuestal Nº 12.803, de 30 de noviembre de 1960. Durante el año 1965
se liquidará solamente el 50% (cincuenta por ciento) del aumento.