RECURSOS PARA EL PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS Y GASTOS




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 12/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1611

Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - REGISTRO DE ACCIONES Y OBLIGACIONES

Artículo 38

   Los tributos establecidos en los apartados c) y d) del artículo 16 de
la ley Nº 13.241, de 31 de enero de 1964, tendrán carácter permanente y
a partir del 1º de enero de 1965 se destinarán a Rentas Generales.
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