APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS. INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 13/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1514

Referencias a toda la norma

CAPITULO XIV - PLAN DE CONSTRUCCIONES ESCOLARES

Artículo 322

   Créase el Fondo de Construcciones Escolares "Bicentenario de Artigas",
que se aplicará a la ejecución del presente Plan, y que se integrará con
los siguientes recursos:

a) la suma de $ 160:000.000.00 (ciento sesenta millones de pesos) que se
   autoriza en la ley de Presupuesto de Sueldos y Gastos, pagadera por 
   parte iguales en cuatro anualidades seguidas;
b) el producido de la Emisión de Bonos de Deuda Pública Interna a que se
   refiere el artículo siguiente;
c) el producido de la venta en remate público de los bienes a que se 
   refiere el inciso f) del artículo 325;
d) el producido de la venta de los bienes de propiedad del Consejo 
   Nacional de Enseñanza Primaria y Normal, siempre que este Organismo lo
   destine a tal fin; y
e) el producido de herencias, legados y donaciones que se destinen a las
   finalidades previstas en este Plan.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 324.
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