APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS. INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 13/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1514

Referencias a toda la norma

CAPITULO XI - ORGANIZACION ADMINISTRATIVA
DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 242

 Autorízase la copia fotográfica y microfilmada de los expedientes y demás
documentos archivados en todas las dependencias del Estado y demás Organismos Públicos, y la destrucción de los documentos originales, cuando
ello sea indispensable, de conformidad con las normas reglamentarias que al efecto dictará el Poder Ejecutivo para resguardar el Patrimonio 
histórico y artístico de la Nación.
   Dichas copias tendrán igual validez que los antecedentes originales a 
todos los efectos legales, siempre que fueren debidamente autenticadas 
por las Direcciones de las respectivas Oficinas. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 14.106 de 14/03/1973 artículo 688.
Reglamentado por: Decreto Nº 253/976 de 06/05/1976.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículo 242.
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