APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS. INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 13/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1514

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CAPITULO IX - MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 165

   Autorízase al Ministerio de Ganadería y Agricultura para aplicar la
totalidad de los proventos que produzcan sus distintas dependencias, al desarrollo de las respectivas actividades de las mismas. Los saldos de
dichos proventos que al vencimiento del Ejercicio no hayan sido aplicados
pasarán automáticamente al siguiente y a los mismos fines.
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