APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS. INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 13/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1514

Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 159

   A partir de la vigencia de la presente ley, los ascensos de los
funcionarios del Ministerio de Ganadería y Agricultura -con excepción de
los pertenecientes al Escalafón técnico-profesional- para cubrir las 
vacantes se harán dentro del Inciso 11.
   Tales ascensos se harán dentro de grado inferior y conforme a las 
demás normas del Estatuto del Funcionario, aprobado por decreto-ley Nº 10.388, del 13 de febrero de 1943.
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