APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS. INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 13/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1514

Referencias a toda la norma

CAPITULO II - MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 14

   Establécese, en sustitución de las disposiciones vigentes, la 
siguiente distribución del importe de las prescripciones de billetes de
lotería:
A) 45% (cuarenta y cinco por ciento) con destino a los fines previstos
   en el artículo 11 de la ley número 9.892, de 1º de diciembre de 1939.
B) (*)
C) 10% (diez por ciento) con destino al arrendamiento de equipos 
   mecanizados, adquisición de máquinas de oficina, publicidad y
   propaganda y mejoramiento de los locales que ocupa la Dirección de
   Loterías y Quinielas, no pudiendo designarse ni contratarse 
   funcionarios con cargo a este fondo.

(*)Notas:
Literal B) derogado/s por: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 451.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículo 14.
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