PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES - MODIFICACIONES A LA LEY 12801




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 14/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1500

Referencias a toda la norma

CAPITULO II - SUELDOS PROGRESIVOS Y COMPENSACIONES ESPECIALES

Artículo 22

   El beneficio por Hogar Constituído, establecido por los artículos 45 
de la ley Nº 12.801, de 30 de noviembre de 1960, y 88 de la ley Nº 
13.032, de 7 de diciembre de 1961, se servirá a partir del 1º de enero
de 1965, con sujeción a lo que disponen los artículos siguientes.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 27.
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