Auméntase a la suma de $ 1.000.00 (mil pesos) mensuales, la pensión
graciable acordada por la ley Nº 4.120, de 15 de julio de 1912,
modificada por las leyes Nº 11.999, de 21 de agosto de 1953 y Nº
12.765, de 23 de agosto de 1960, a la señorita Herminia Herrera y
Reissig, la que continuará siendo atendida con cargo a Rentas Generales.
GIANNATTASIO - JUAN E. PIVEL DEVOTO - RAUL YBARRA SAN MARTIN