Acuérdase una pensión vitalicia de pesos 2.000.00 (dos mil pesos)
mensuales, al escritor Adolfo Montiel Ballesteros, acumulable a la
pasividad que pudiera corresponderle y transmisible en un 50 % (cincuenta
por ciento) a su señora esposa doña Ofelia Valentini de Montiel
Ballesteros.