RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION II - LEY No. 12.801 (GENERAL DE SUELDOS)
CAPITULO III - BENEFICIOS ESPECIALES

Artículo 97

   Elévase a $ 500.00 (quinientos pesos) a partir del 1.o de julio de
1962, la prima por Matrimonio de todo funcionario público establecida por
el artículo 53 de la ley N.o 12.801, de 30 de noviembre de 1960.
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