RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO XVIII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 327

   Modifícanse los siguientes Rubros del Item 24.01:

a) Rubro 6.04/13 - Derógase la contribución de pesos 5.700.000.00 para la
   Caja de Jubilaciones de la Industria y Comercio.
b) Rubro 6.04/17 - Sustitúyese la partida destinada a la "Comisión
   Técnica Asesora de la República en la Asociación Latinoamericana de
   Libre Comercio" por la siguiente:
      "Para los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Hacienda, con
   destino a la Representación del Uruguay en la Asociación
   Latinoamericana de Libre Comercio" $ 300.000.00".
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