RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO VII - MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA

Artículo 221

  La subvención del Estado a las instituciones privadas, previstas en el artículo 255 del Código del Niño, será fijada por el Poder Ejecutivo, previo asesoramiento del Consejo del Niño, en función de la importancia del establecimiento, de la zona que atiende y el número de menores a los que preste asistencia. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 13.320 de 28/12/1964 artículo 92.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 13.032 de 07/12/1961 artículo 221.
Referencias al artículo
Ayuda