RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1960




Promulgación: 07/12/1961
Publicación: 22/12/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1961
  •    Página: 1496

Referencias a toda la norma

SECCION III - LEY N.o 12.803 - (PRESUPUESTAL)
CAPITULO V - REESTRUCTURACION DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Artículo 176

   Corresponderá a la Administración de Aduanas Capital (actual Dirección
General de Aduanas) y a las Receptorías de Aduana del Interior, el
ejercicio, dentro de sus respectivas jurisdicciones, de las funciones y
cometidos previstos en las disposiciones vigentes o que se dicten en lo
sucesivo, con excepción de los que integran la competencia atribuída a la
Dirección Nacional de Aduanas.
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