Declárase aplicable al personal de la Escuela "Elbio Fernández", no
comprendido por disposiciones similares, el Beneficio Especial de Retiro
a que se refiere la ley No. 11.637, de 14 de febrero de 1951, sus
modificativas y complementarias. De igual beneficio gozará el personal
jubilado de la precitada escuela y sus causahabientes, que no lo
hubieren percibido hasta la vigencia de la presente ley.