{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "1295" 
  ,"anioNorma" : 1876 
  ,"nombreNorma" : "TELEGRAFOS. LINEAS TELEGRAFICAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
      ,"urlImagenArmandUgon" : "/armandugon/10/17?carfin=18"

								  ,"tomoArmandUgon" : "10"

								  ,"paginaInicialArmandUgon" : "17"

								  ,"paginaFinalArmandUgon" : "18"

								 ,"fechaPromulgacion" : "29/04/1876" 
  , "vistos" : " Declárase delito público todo hecho que perturbe el funcionamiento de las\r\nlíneas telegráficas, penándose dicho delito con dos años de trabajos \r\npúblicos y a la indemnización de los daños y perjuicios causados.\r\n " 
  ,"articulos" : [  ] 
  ,"firmantes" : "  " 
 }