Ver vigencia: Ley Nº 14.090 de 06/10/1972 artículos 1 y 4.
Concédese a la señora Juana Fernández de Ibarbourou una pensión graciable de $ 1.600.00 (un mil seiscientos pesos) mensuales, la que será acumulable a la pasividad legal que percibe y no trasmisible a sus causahabientes.
La erogación que demande el servicio de la presente ley será atendida con cargo a Rentas Generales.
Comuníquese, etc.
NARDONE - ENRIQUE BELTRAN - JUAN EDUARDO AZZINI