APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO




Promulgación: 30/11/1960
Publicación: 14/12/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1960
  •    Página: 1259

Referencias a toda la norma

SECCION I - DISPOSICIONES REFERENTES A LA ADMINISTRACION CENTRAL
CAPITULO IV - MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 50

   Autorízase al Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social a
contratar con Instituciones del Estado un préstamo de hasta la suma de $
300.000.00 (trescientos mil pesos) con destino al mejoramiento de la 
imprenta que funciona en los Talleres de la Dirección General de Institutos Penales y a la adquisición para aquélla de los equipos y materiales que fueren necesarios para su funcionamiento.
   Rentas Generales, se hará cargo de las amortizaciones que se hayan
convenido, con el Organismo Prestatario.
   La Dirección General de Institutos Penales verterá de los proventos de
su imprenta, en Rentas Generales, la suma equivalente al 20% de los 
mismos, a título de restitución de las cantidades anticipadas para el mejoramiento y/o reequipamiento de la referida imprenta.
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