Dispónese que la emisión de papel moneda queda limitada a los tres millones de pesos autorizados por la Ley N° 1.237, derógase la Ley N° 1.254 de fecha 23 de junio de 1875 y se autoriza al Poder Ejecutivo para crear un Banco de circulación y descuentos y para reformar el sistema de impuestos existentes.