Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay a conceder al
Estado un crédito especial de hasta $ 40.000.000.00 (cuarenta millones de
pesos), que se destinará a efectuar un préstamo de $ 150.00 (ciento
cincuenta pesos) mensuales líquidos y sin interés a los funcionarios
civiles, militares y policiales que perciban haberes con cargo a rubros
del Presupuesto General de Sueldos y Gastos comprendidos en el Grupo
1.00 "Retribución de Servicios Personales" y Proventos y Fondos
Especiales (inciso 2º al 22) durante los meses de marzo a agosto
inclusive del corriente año. En caso de acumulación de sueldos, el préstamo se liquidará sobre el cargo de mayor retribución. Autorízase igualmente al Poder Ejecutivo a disponer de Rentas Generales de hasta $
40.000.000.00 (cuarenta millones de pesos) con la finalidad indicada en
el inciso primero.