Autorízase al Poder Ejecutivo a donar, de acuerdo a las normas
municipales correspondientes, a la Señora Margarita Ordeix de Llanos, en
calidad inalienable, los derechos de uso y goce sobre el sepulcro número
13 del tercer cuerpo del Cementerio Central (Libro 2 Folio 207 del Registro de Sepulcros), bien que el Estado adquirió como heredero de doña
Otilia Ferreira de Maldini sobrina de la beneficiaria.