PLAN ANUAL DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 16/12/1959
Publicación: 23/12/1959
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1959
  •    Página: 1365

Artículo 6

   El Poder Ejecutivo podrá disponer la realización de los correspondientes llamados a licitación pública, para la ejecución de las rutas, sin el requisito referido en el inciso 2.o del artículo 17 de la 
ley N.o 12.463 de 5 de diciembre de 1957.

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