PLAN ANUAL DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 16/12/1959
Publicación: 23/12/1959
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1959
  •    Página: 1365

Artículo 4

   Facúltase al Poder Ejecutivo para ejecutar las, obras del presente Plan aunque el costo de las mismas exceda, hasta en un 10 % (diez por ciento) al monto de las partidas asignadas a cada una de ellas.
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