PRESTAMOS PARA TRABAJADORES DE ANCAP




Promulgación: 22/09/1959
Publicación: 30/09/1959
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1959
  •    Página: 909

Artículo 1

   Autorízase al Banco de la República a extender los beneficios de las
operaciones "Préstamos sobre sueldos" a todo el personal obrero dependiente de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP), que percibe sus haberes a jornal.
   Deberán llenarse además, las exigencias dispuestas por la Caja
Nacional de Ahorros y Descuentos para esta clase de operaciones.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   Lo establecido en el inciso 3° del artículo 1° de la ley N° 3.299, de
25 de junio de 1908, sobre cesiones de jornales, no regirá para las operaciones que efectúe la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo anterior.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

ECHEGOYEN - JUAN EDUARDO AZZINI - ENRIQUE R. ERRO
Ayuda