{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "12545" 
  ,"anioNorma" : 1958 
  ,"nombreNorma" : "FUNCIONARIOS. LICENCIA ANUAL REMUNERADA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1958/10/31/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/10/1958" 
  ,"fechaPublicacion" : "31/10/1958" 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12545-1958/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Los empleados y obreros presupuestados, eventuales o contratados, al\r\nservicio del Estado, sean dependientes de la Administración Central, de\r\nlos Gobiernos Departamentales, de los Entes Autónomos o Servicios Descentralizados, de los organismos mixtos, semioficiales o sujetos en alguna forma a un régimen de tutela administrativa, tendrán derecho a gozar de una licencia anual remunerada, en las condiciones establecidas por la ley N° 10.684, de 17 de diciembre de 1945, y sus concordantes, modificativas o ampliatorias. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12545-1958/2" 
 ,"textoArticulo" : "    (Transitorio). Las disposiciones de la presente ley, comenzarán a \r\naplicarse a toda licencia generada en todo o en parte en el curso del año\r\n1957. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12545-1958/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " FISCHER - HECTOR A. GRAUERT - AMILCAR VASCONCELLOS - JOAQUIN APARICIO - CLEMENTE RUGGIA - J. FLORENTINO GUIMARAENS - GLAUCO\r\nSEGOVIA " 
 }