NORMATIVA PARA EMPLEADOS DE MOLINOS SAN JOSE SOCIEDAD ANONIMA




Promulgación: 16/10/1958
Publicación: 10/11/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1958
  •    Página: 1123
Ver vigencia: Ley Nº 12.705 de 10/02/1960 artículo 6.
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   El Consejo Central de Asignaciones Familiares directamente, o por 
intermedio de la Caja de Asignaciones Familiares de San José, podrá contratar préstamos con instituciones públicas o privadas, con intereses
no superiores al 6 % anual, a fin de atender el servicio inmediato de las
compensaciones. Estos préstamos sólo podrán afectar los fondos establecidos por esta ley.
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