SEGURIDAD SOCIAL. ASIGNACIONES FAMILIARES. APORTES PATRONALES




Promulgación: 16/10/1958
Publicación: 30/10/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1958
  •    Página: 1120
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Mientras dure su inactividad, los trabajadores amparados por el
artículo anterior prestarán mensualmente ante la Caja respectiva, declaración jurada de su situación de desocupados, y denunciarán a la misma su reincorporación a cualquier actividad remunerada tan pronto ella
se produzca, incurriendo en las responsabilidades pertinentes, en caso de
omisión de estos requisitos o falsa declaración.
Referencias al artículo
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