Declárase feriados para la villa Guichón los días 23 y 24 de setiembre de 1957, con motivo del cincuentenario de la fundación de dicha villa.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
Los Poderes del Estado y organismos públicos concederán licencia por los días establecidos en el artículo anterior, a fin de que concurran a los festejos, a los funcionarios que hubieran nacido en dicha villa.
Comuníquese, etc.
FISCHER - FRANCISCO ACCINELLI GALVEZ