FIJACION DE REMUNERACIONES PARA LOS TRABAJADORES DE TAMBOS




Promulgación: 12/02/1957
Publicación: 20/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 251
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   La designación de delegados patronales y delegados obreros, que 
durarán dos años en sus funciones, se realizará de acuerdo con lo 
establecido en la ley N° 10.449, de 12 de noviembre de 1943. El 
representante del Instituto Nacional del Trabajo será designado por la 
dirección del Organismo.
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