AMPLIACION DE DEUDA PUBLICA DENOMINADA "BONOS DE PAVIMENTACION DE LAS CIUDADES DEL INTERIOR"




Promulgación: 27/12/1956
Publicación: 11/01/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1956
  •    Página: 1308

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar en $ 1:200.000.00 (un
millón doscientos mil pesos), valor nominal, la deuda denominada "Bonos
de Pavimentación de las Ciudades del Interior" que devengará un interés
no mayor al 5 % (cinco por ciento) anual y tendrán una amortización
acumulativa del 2 % (dos por ciento), también anual.

Artículo 2

   El producido de la venta de los referidos Bonos se destinará al pago
de la ampliación de la pavimentación de la Ciudad de Treinta y Tres.

Artículo 3

   Rigen para esta emisión las condiciones y procedimientos establecidos
por la ley N° 11.980, de 2 de julio de 1953, y decreto-ley N° 9.408, de
17 de mayo de 1934, con las siguientes modificaciones:

A) No regirá el tipo de colocación al 90 % (noventa por ciento) del valor
   nominal;
B) Las cuotas por servicios correspondientes a las propiedades
   beneficiadas serán calculadas sobre los valores reales aumentados en
   un 25 % (veinticinco por ciento).

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

ZUBIRIA - LEDO ARROYO TORRES - HECTOR A. GRAUERT
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