Decláranse feriados para el Departamento de Salto, los días 7,8 y 9
de noviembre de 1956, con motivo de cumplirse el bicentenario de la
fundación de su ciudad.
Los Poderes del Estado y organismos públicos, acordarán licencia para
los días a que se refiere el artículo anterior, a todos los funcionarios,
empleados y obreros, nacidos en el Departamento de Salto.