Acuérdase una pensión graciable de $ 600.00 (seiscientos pesos)
mensuales, a la señora doña Margarita Ordeix de Llanos, la cual será
atendida con cargo a Rentas Generales.
Al fallecimiento de la señora Margarita Ordeix de Llanos, pasará el
cincuenta por ciento de dicha pensión, como beneficio trasmisible, a su
nieta doña Lira Justa Castrillón de Llanos de Rodríguez Campos.