AUTORIZACION AL BROU PARA ENAJENACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO




Promulgación: 11/09/1956
Publicación: 26/09/1956
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1956
  •    Página: 910

Artículo 1

   Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay, para
enajenar al Club Banco República el inmueble empadronado en el
Departamento de Montevideo, con los números 149.801, 
174.415/6/7/8/9/20/21 y 31.270, en la cantidad de $ 78.500.

Artículo 2

   Derógase la ley N° 11.095, de 13 de agosto de 1948.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

ZUBIRIA - LEDO ARROYO TORRES
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