Autorízase al Poder Ejecutivo a permutar los predios de su propiedad
(Ministerio de Defensa Nacional) que se señalan con los números 1, 2, 3,
4, 5, 6 y 7, en el plano a que se refiere el decreto de la Junta
Departamental de Montevideo, N° 2.574 de 13 de diciembre de 1939, por
los siguientes: la propiedad municipal que lleva el N° 9, del mismo
plano; la que se adquiera en la esquina Sudoeste de las calles Colorado
y Quijote y la superficie del camino suprimido entre el predio de la
Escuela Militar y al propiedad privada al Noroeste, con salida a la
calle Colorado.