{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "12240" 
  ,"anioNorma" : 1955 
  ,"nombreNorma" : "EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACION DE OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO. LICENCIAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1956/01/13/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/12/1955" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/01/1956" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1955 
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  } 
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  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12240-1955/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Los empleados y obreros de la Administración de Obras Sanitarias del \r\nEstado (Gerencia de Montevideo) a quienes no se pudo otorgar licencia anual en el año 1953, deberán optar por cobrar el importe de la misma o acumularla para el año 1954. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12240-1955/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La liquidación de dichas licencias, se hará teniendo en cuenta los \r\nsueldos y salarios percibidos al 31 de diciembre de 1953, proporcionalmente al promedio de las remuneraciones mensuales de cada funcionario de acuerdo con los días de licencia que le corresponda.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12240-1955/3" 
 ,"textoArticulo" : "    En caso de fallecimiento del empleado u obrero que hubiere generado \r\nderecho a la compensación, se pagará ésta a sus derecho habientes. En caso de que el empleado u obrero hubiere renunciado o dejado de trabajar después del 31 de diciembre de 1953, tendrá derecho a la compensación, si se encuentra comprendido en el artículo 1° de la presente ley. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12240-1955/4" 
 ,"textoArticulo" : "    La erogación que se origine con motivo de la aplicación de la presente \r\nley se atenderá con cargo a los proventos de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/12240-1955/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ZUBIRIA - WASHINGTON FERNANDEZ " 
 }